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 Normativa >> Reglamento 4472 >> Fecha 14/02/2011 >> Articulo 16
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Normativa - Reglamento 4472 - Articulo 16
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Artículo 16    (No vigente*)
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Artículo 16.—Prohibiciones. El Auditor Interno, el Subauditor Interno y los demás funcionarios de la Auditoría Interna, tendrán las siguientes prohibiciones:

a. Realizar funciones y actuaciones de administración activa, salvo las necesarias para cumplir su competencia.

b. Formar parte de un órgano director de un procedimiento administrativo.

c. Ejercer profesiones liberales fuera del cargo, salvo en asuntos estrictamente personales, en los de su cónyuge, sus ascendientes, descendientes y colaterales por consanguinidad y afinidad hasta tercer grado, o bien, cuando la jornada no sea de tiempo completo, excepto que exista impedimento por la existencia de un interés directo o indirecto del propio ente u órgano. De esta prohibición se exceptúa la docencia, siempre que sea fuera de la jornada laboral.

d. Participar en actividades político-electorales, salvo la emisión del voto en las elecciones nacionales y municipales.

e. Revelar información sobre las auditorías o los estudios especiales de auditoría que se estén realizando y sobre aquello que determine una posible responsabilidad civil, administrativa o eventualmente penal de los funcionarios de los entes y órganos sujetos a esta Ley.

f.  Emitir declaraciones, juicios o expresiones que por su naturaleza, lesionen la imagen del Instituto Nacional de Aprendizaje.

g. Percibir compensaciones salariales distintas de las reguladas en el servicio público, otorgadas por el cumplimiento de su deber como funcionarios públicos dentro o fuera del país.

h. Desempeñar simultáneamente dos cargos públicos al tenor de lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito Nº 8422.

i.  Ejercer alguna de las incompatibilidades que menciona el artículo 18 de la Ley Nº 8422, salvo lo establecido en el artículo 19 de la misma Ley.

j.  Participar en grupos o comisiones que ejerzan función propia de la administración activa.

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