Artículo 2º—Se
exceptúan de las disposiciones establecidas en el numeral anterior:
a) Los niños menores de tres años, quienes
viajarán gratis.
b) Las personas mayores de 65 años viajarán sin
costo alguno en los desplazamientos que no excedan de 25 kilómetros. En los
desplazamientos mayores de 25 kilómetros y menores de 50 kilómetros,
pagarán el cincuenta por ciento (50%) del pasaje; en los desplazamientos
mayores de 50
kilómetros, pagarán el setenta y cinco por ciento (75%)
del pasaje.
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