Artículo 9º—Organización interna de la Comisión. La Comisión podrá constituir grupos para
temas específicos y ejecutivos, con participación de miembros de la propia
Comisión y de otros participantes que se considere conveniente. Esta
organización debe asegurar la participación de los pobladores de la región en
que se desarrollará el Proyecto Hidroeléctrico El Diquís.
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