Artículo 2º—Normativa aplicable. Este
reglamento constituirá el marco jurídico mínimo para los lineamientos de
implementación del Programa de Formación Inicial para Aspirantes a la
Judicatura. El FIAJ se regirá, asimismo, por las disposiciones contenidas en
los artículos 41 y 192 de la Constitución Política, 68 y 74 de la Ley de
Carrera Judicial, 15 y 23 de la Ley de Creación de la Escuela Judicial, 67, 68 y
72 del Estatuto de Servicio Judicial, 30 y 30 bis del Reglamento Interno del
Sistema de Carrera Judicial.
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