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 Normativa >> Reglamento municipal 0 >> Fecha 19/05/2011 >> Articulo 13
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Normativa - Reglamento municipal 0 - Articulo 13
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Artículo 13
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Artículo 13.—Tanto la persona denunciante de hostigamiento sexual como los testigos de las partes, gozarán de las garantías y derechos previstos en la Ley Nº 7476 del 3 de febrero de 1995 y sus reformas (Ley 8805), en relación con su empleo y condiciones generales de trabajo.


 

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