MUNICIPALIDAD DE
PARAÍSO
REGLAMENTO CONTRA EL
HOSTIGAMIENTO SEXUAL
PARA LA MUNICIPALIDAD
DE PARAÍSO
El presente Reglamento Contra el Hostigamiento Sexual
tiene como fin dotar a la Municipalidad de Paraíso de una normativa actual y
conveniente para que se prevenga, desaliente, evite y sancione las conductas de
hostigamiento sexual.
Este Reglamento
recoge las principales normas que se están aplicando actualmente en la Ley 7476
del 03 de febrero de 1995 “Ley contra el Hostigamiento Sexual” y sus reformas
(Ley Nº 8805).
CAPÍTULO I
Artículo 1º—Se entenderá por acoso u hostigamiento
sexual toda conducta sexual indeseada por quien la recibe, reiterada y provoque
efectos perjudiciales en los siguientes casos:
a) Condiciones materiales de empleo
b) Desempeño y cumplimiento en la prestación del
servicio
c) Estado general del bienestar personal
También se considera acoso sexual la conducta grave,
que habiendo ocurrido una sola vez, perjudique a la víctima en cualquiera de
los aspectos indicados.
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