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 Normativa >> Reglamento municipal 28 - A >> Fecha 26/04/2011 >> Articulo 66
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Normativa - Reglamento municipal 28 - A - Articulo 66
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Artículo 66
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Artículo 66.—El presente Reglamento rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta y deroga cualquier disposición anterior que se oponga.

Nandayure, 20 de mayo del 2011.

 

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