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 Normativa >> Reglamento municipal 46 - A >> Fecha 16/03/2011 >> Articulo 11
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Normativa - Reglamento municipal 46 - A - Articulo 11
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Artículo 11
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CAPÍTULO IV

De la convocatoria a concurso interno y/o externos

Artículo 11.—De la posibilidad de participación. De demostrarse inopia en las instancias a las que se refiere el artículo 5º o se diera la situación enunciada en el artículo 6º, la plaza será objeto de concurso interno, con participación de todos los trabajadores municipales, dando preferencia para su nombramiento a las personas que hayan servido bien con anterioridad a la Municipalidad respecto de quienes no estén en ese caso, tal y como lo establece el artículo 69 inciso b) del Código de Trabajo. De estos solo participarán aquellos que se ajusten a lo solicitado en cuanto a requisitos y posibilidades de convalidación. En caso de inopia dentro de la Municipalidad o si no hubiera interés en ningún empleado (a) en concursar, la Municipalidad podrá sacar a concurso externo la plaza vacante. La inopia solo podrá determinarse luego de realizado el concurso interno y externo.


 

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