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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 36616 >> Fecha 15/04/2011 >> Articulo 2
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Normativa - Decreto Ejecutivo 36616 - Articulo 2
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Artículo 2
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Artículo 2º—Las dependencias del Sector Público y del Sector Privado, dentro del marco legal respectivo, podrán contribuir con recursos económicos, en la medida de sus posibilidades y sin perjuicio del cumplimiento de sus propios objetivos, para la exitosa realización de las actividades indicadas.


 

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