CAPÍTULO V
Comisión
Interinstitucional
Artículo
15.-Creación de la Comisión Interinstitucional. Se constituye la Comisión Interinstitucional para
analizar los trámites de revisión de planos de construcción, la cual
tendrá dentro de sus funciones:
a.
Emitir criterio para desarrollar, modificar y actualizar las listas de revisión
y los protocolos de inspección.
b.
Proponer las reformas legales y reglamentarias, en materia de trámites para la
revisión de planos de construcción, cuando así procedan.
c.
Proponer mejoras que agilicen los procesos de fiscalización en materia de
construcción.
d.
Proponer medidas de mejora regulatoria, simplificación, coordinación y
estandarización en procedimientos de inspección y revisión.
e.
Analizar y sugerir, a las instituciones competentes, mejoras al régimen
sancionatorio
f.
Velar por que en el sitio web www.tramitesconstruccion.go.cr, se mantengan
actualizadas las listas de revisión.
Con
el objetivo de cumplir las funciones, la Comisión podrá nombrar una subcomisión
que será conformada por un representante de cada uno de los integrantes de la
comisión y se podrá reunir una vez al mes, o más en caso de ser convocado por
el representante del MIVAH.
(Así reformado por el artículo 2° del decreto
ejecutivo N° 43318 del 29 de octubre de 2021)
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