Artículo 21.—Requisitos
oficiales y divulgación. Los únicos requisitos que las instituciones pueden
solicitar a los administrados serán aquellos que hayan sido publicados en el
Sitio oficial de www.tramitesconstruccion.go.cr, siendo obligación de
las instituciones de reportar al CFIA cualquier cambio que se genere a partir
de las modificaciones en la regulación vigente.
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