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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 36550 >> Fecha 28/04/2011 >> Articulo 22
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Normativa - Decreto Ejecutivo 36550 - Articulo 22
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Artículo 22
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CAPÍTULO VII

De la modificación de planos de construcción previamente
autorizados por las instituciones

Artículo 22.—Modificaciones a los planos durante el proceso de revisión de los planos o de obtención de permiso de construcción municipal. Si en el transcurso del proceso de revisión de los planos o la tramitación del permiso de construcción, la municipalidad solicita cambios en los planos constructivos, se deberán realizar los mismos, y la información se deberá presentar nuevamente en la plataforma de tramitación electrónica del CFIA. Este proceso actualizará automáticamente la información, con el fin de que todas las instituciones verifiquen la incorporación de las observaciones realizadas y conozcan las de las demás instituciones para efectos de la fiscalización de las obras.

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