Artículo 1 bis- Acrónimos. Para la aplicación del presente
Reglamento se disponen los siguientes acrónimos:
1) APC: Plataforma y módulos de
trámite digital de planos y permisos de construcción administrada por el
Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos.
2) AYA: Instituto Costarricense
de Acueductos y Alcantarillados.
3) BANHVI: Banco Hipotecario de
la Vivienda.
4) BCBCR: Benemérito Cuerpo de
Bomberos de Costa Rica.
5) CFIA: Colegio Federado de
Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica.
6) INVU: Instituto Nacional de
Vivienda y Urbanismo.
7) MEIC: Ministerio de Economía,
Industria y Comercio.
8) MINAE: Ministerio de Ambiente
y Energía.
9) MS: Ministerio de Salud.
10) MIVAH: Ministerio de Vivienda
y Asentamiento Humanos.
11) SETENA: Secretaría Técnica
Nacional Ambiental.
12) SFNV: Sistema Financiero
Nacional para la Vivienda.
13) SIDEVI: Sistema Digital de
Emergencias en Vivienda del MIVAH.
(Así
adicionado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 43318 del 29 de octubre
de 2021)
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