Artículo
9º—Procedimiento de sellado ante el CFIA. Para tramitar ante el CFIA el
sellado de los planos de proyectos bajo el régimen de propiedad en condominio y
urbanizaciones, el o los profesionales responsables deberán cumplir con los
requisitos documentales y técnicos indicados en los artículos 7° y 8º de
este reglamento y deberán adjuntar en el formulario del contrato de servicios
profesionales de consultoría del CFIA dicha información. El formulario del
contrato de servicios profesionales del CFIA, incluirá los espacios pertinentes
para ingresar esa información.
Este
proceso se realizará a través de la plataforma digital de tramitación de
proyectos del CFIA. Para ello, el o los profesionales responsables del diseño y
de la dirección técnica deberán llenar el formulario del contrato de
servicios profesionales del CFIA, y enviarlo por medio de la plataforma digital
dispuesta al efecto. Para realizar dicho trámite, el o los profesionales contarán
con un usuario y clave de ingreso, o en su defecto, firma digital que se
encuentre vigente. El contrato deberá incluir una cláusula donde las partes se
comprometen a cumplir con la normativa ahí indicada, de conformidad con lo que
se detalla en el Anexo 1, el cual es parte integral de este reglamento.
El
CFIA verificará la presentación y congruencia de los requisitos documentales
aportados por el profesional, de conformidad con el “Manual de
Subclasificaciones de Proyectos de Construcción” y el proyecto
correspondiente. De comprobarse el cumplimiento en la presentación de dichos
requisitos se admitirá para su trámite, en caso contrario será rechazado.
El
análisis de fondo de los requisitos documentales le corresponderá a las
instituciones competentes.
(Así
reformado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 38441 del 25 de abril
del 2014)
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