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 Normativa >> Ley 4760 >> Fecha 04/05/1971 >> Articulo 39
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Normativa - Ley 4760 - Articulo 39
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Artículo 39
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36

ARTICULO 39.- Derógase el inciso II del artículo 7º y el título décimo de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Bienestar Social.

(Corrida su numeración por el artículo único de la ley N° 9499 del 16 de noviembre del 2017, que lo traspasó del antiguo artículo 36 al 39)

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