37
ARTÖCULO 37.- Se faculta al Tribunal Supremo de Elecciones
para que incremente las anualidades de cada
categor¡a y ampl¡e la
escala que establece la Ley de Salarios y R‚gimen de M‚ritos del
Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, No. 4519 del
24 de
diciembre de 1969 y sus reformas.
|