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 Normativa >> Ley 8957 >> Fecha 17/06/2011 >> Articulo 6
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Normativa - Ley 8957 - Articulo 6
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Artículo 6
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ARTÍCULO 6.-        El Régimen Especial de Vivienda de Interés Social creado en esta ley no estará sometido a la Ley N.º 7933, Ley Reguladora de la Propiedad en Condominio, y sus reformas.


 

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