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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 11492 >> Fecha 22/04/1980 >> Articulo 28
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Normativa - Decreto Ejecutivo 11492 - Articulo 28
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Artículo 28
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28

Artículo 28.- Las plantas de distribución se harán en escala 1:50; en

caso de dimensiones excepcionales, se podrá admitir la escala 1:100.

La planta de techos se hará en una escala no menor de 1:100 y la de

ubicación en una escala no menos de 1:200.

Los cortes y fachadas se presentarán en la escala 1:50.

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