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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 11492 >> Fecha 22/04/1980 >> Articulo 2
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Normativa - Decreto Ejecutivo 11492 - Articulo 2
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Artículo 2
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Artículo 2º.- En todos aquellos casos en que estas normas aluden al

Ministerio, se entenderá que se trata del Ministerio de Salud.

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