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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 11492 >> Fecha 22/04/1980 >> Articulo 17
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Normativa - Decreto Ejecutivo 11492 - Articulo 17
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Artículo 17
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17

Artículo 17.- En los trabajos de soldadura ocasionales, que

necesariamente deban efectuarse en la vía pública, se instalarán

elementos protectores para evitar deslumbramientos.

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