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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 11492 >> Fecha 22/04/1980 >> Articulo 51
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Normativa - Decreto Ejecutivo 11492 - Articulo 51
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Artículo 51
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51

Artículo 51.- El Ministerio realizará inspecciones en los

establecimientos industriales para velar por la observancia de las normas

legales y reglamentarias.

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