SECCIÓN III
PROCEDIMIENTOS
INTERNOS
ARTÍCULO 32.- Régimen sancionatorio para bases de datos públicas
Cuando la persona responsable de una base de datos
pública cometa alguna de las faltas anteriores, la Prodhab dictará una resolución
estableciendo las medidas que proceda adoptar para que cesen o se corrijan los
efectos de la falta. Esta resolución se notificará a la persona responsable de
la base de datos, al órgano del que dependa jerárquicamente y a los afectados,
si los hay. La resolución podrá dictarse de oficio o a petición de parte. Lo
anterior sin perjuicio de la responsabilidad penal en que haya incurrido.
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