ARTÍCULO
113.- Derogaciones
Derógase lo siguiente:
a) La Ley N.° 11, de 2 de octubre de
1922, Ley de Seguros.
b) La Ley N.° 59, de 5 de febrero de
1925, Ley de Anualidad del Seguro de Incendio.
c) La Ley N.° 48, de 27 de julio de
1926, Ley de Inembargabilidad de las Pólizas de Vida.
d) El inciso e) del
artículo 24 de la Ley N.º 8653, Ley Reguladora del Mercado de Seguros, de 22 de
julio de 2008.
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