ARTÍCULO 10.-
Para solicitar, traspasar, trasladar, renovar o realizar cualquier otro
trámite relacionado con una licencia municipal será obligatorio que tanto el
solicitante como el dueño o los dueños del inmueble donde se ejecutará o
desarrollará la actividad se encuentren totalmente al día en el pago de
cualquier tributo municipal del que sean sujetos pasivos.
La Municipalidad de Escazú, por medio de su Departamento de Licencias
Municipales, llevará un registro de los patentados con todos los datos necesarios
para su correcta identificación y localización. El patentado deberá señalar a
la Municipalidad su domicilio dentro del cantón de Escazú, o bien, el correo
electrónico, el fax u otro medio electrónico para efectos de notificación.
Asimismo, tendrá la obligación de señalar cualquier cambio que se realice en su
domicilio o en el de su representante legal; en caso de no hacerlo se entenderá
debidamente notificado en el solo transcurso de veinticuatro horas posterior al
dictado de la resolución o notificación.
La Municipalidad entregará a cada patentado el certificado que lo acredita
como tal y este deberá estar colocado en un lugar visible en el
establecimiento.
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