Buscar:
 Normativa >> Reglamento municipal 93 >> Fecha 09/08/2011 >> Articulo 34
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 34     >>
Normativa - Reglamento municipal 93 - Articulo 34
Ir al final de los resultados
Artículo 34
Versión del artículo: 1  de 1
INFRACCIONES Y SANCIONES

Artículo 34.—La aplicación de multas y sanciones será de conformidad con la Ley para la Gestión Integral de Residuos y el Código Municipal, en caso de detectarse incumplimiento de las obligaciones establecidas en este Reglamento en cuanto al adecuado manejo, incluyendo: separación, recolección, tratamiento y disposición final de los residuos sólidos.

Ir al inicio de los resultados