Artículo 41.—Las tasas para el servicio de recolección de basura y aseo
urbano se establecerán, tomando en cuenta los costos fijos y variables de la
operación, incluyendo los costos para el desarrollo y mejoramiento del servicio
y las medidas de promoción y educación ambiental necesaria para su
sostenibilidad, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 74 del
Código Municipal.
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