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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 36765 >> Fecha 19/07/2011 >> Articulo 92
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Normativa - Decreto Ejecutivo 36765 - Articulo 92
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Artículo 92
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Artículo 92.—Gestión Institucional de Recursos Humanos será el responsable directo de implementar los rebajos de salario producto de las llegadas tardías, las ausencias, el abandono de trabajo o las suspensiones de trabajo sin goce de salario del personal, de acuerdo con la información que le sea remitida por el (la) funcionario(a) respectivo(a).

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