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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 36774 >> Fecha 06/09/2011 >> Articulo 10
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Normativa - Decreto Ejecutivo 36774 - Articulo 10
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Artículo 10
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Artículo 10.—Transmisión en señal digital abierta, libre y gratuita. Los concesionarios de servicios de radiodifusión por televisión digital terrestre abierta, continuarán transmitiendo su programación completa con señales de acceso abierto, libre y gratuito, debiendo sujetarse en lo que competa a las regulaciones previstas en el ordenamiento jurídico. 

La transmisión de las programaciones en señal digital deberá ser realizada en el estándar ISDB-Tb, de conformidad a lo siguiente: 

1) Para receptores fijos, en definición estándar y/o alta definición. 

2) Para receptores portátiles, de acuerdo con las posibilidades técnicas que permite el estándar ISDB-Tb (One-Seg) y con señales de acceso libre y abierto, de conformidad con las condiciones técnicas para la explotación de la frecuencia concesionada definidas por el PNAF.

(Así reformado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 38387 del 25 de abril del 2014)

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