Artículo 36.—Informe anual de la Rectoría de
Telecomunicaciones durante la etapa de transición. A partir del año 2012, y
hasta la fecha adoptada para el apagón analógico nacional, la Rectoría de
Telecomunicaciones emitirá anualmente, a más tardar en el mes de julio de cada
año, un informe a la Presidencia de la República, la Asamblea Legislativa y a
la Comisión Mixta de Televisión Digital, sobre la evaluación del proceso de
transición a la televisión digital terrestre en el país, sobre la base de la
información presentada por los titulares de autorizaciones. Asimismo, a través
del sitio oficial de Internet de la Rectoría de Telecomunicaciones, se publicará
un extracto de dicho informe, a más tardar en el mes de julio de cada año.
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