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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 36769 >> Fecha 23/05/2011 >> Articulo 224
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Normativa - Decreto Ejecutivo 36769 - Articulo 224
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Artículo 224
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Artículo 224.—En caso de que se determine la sanción de multa, el plazo para su cancelación será de quince días hábiles, mediante depósito o transferencia bancaria a la cuenta denominada Fondo Especial de Migración. La resolución que imponga la sanción de multa, deberá advertir sobre dicho plazo y el número de cuenta en que debe el sancionado depositar el monto de la multa.


 

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