Artículo 352.—Para proceder con la modificación del
movimiento migratorio el interesado deberá aportar ante el REMIP medio
probatorio fehaciente:
a. Escrito donde indica las razones de
la modificación.
b. Pasaporte original y copia de todas
las páginas.
c. Algún
documento que haya emitido el medio de transporte internacional donde conste
que se realizó el viaje o cualquier otro documento que posea el interesado y
que de forma fehaciente que efectivamente se efectuó el movimiento.
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