CAPITULO VI
- Del control e inspección de la actividad de pesca y acuicultura
Artículo
12. El
régimen de control establecido en el presente Reglamento, tiene como objetivo
garantizar el cumplimiento de la normativa contemplada en la LPA, así como la
integración con cualquier otra legislación nacional o internacional que resulte
de aplicación obligatoria o vinculante.
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