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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 36782 >> Fecha 24/05/2011 >> Articulo 136
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Normativa - Decreto Ejecutivo 36782 - Articulo 136
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Artículo 136
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Artículo 136. Para la aplicación de las competencias asignadas a INCOPESCA y a los efectos de procurar la mayor efectividad y eficacia en el trámite de los asuntos relacionados con las infracciones a la LPA, por parte de los titulares de licencias de pesca, permisionarios, autorizados, concesionarios o interesados, se aplicará el Procedimiento Administrativo establecido en el Libro Segundo, de la Ley General de la Administración Pública.

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