Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 36782 >> Fecha 24/05/2011 >> Articulo 141
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 141     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 36782 - Articulo 141
Ir al final de los resultados
Artículo 141
Versión del artículo: 1  de 1

Artículo 141- El Órgano Director está obligado a procurar el asesoramiento que considere idóneo y necesario cuando, por la tecnicidad, lo amerite a fin de resolver cada extremo planteado, pues sus resoluciones deberán ser siempre razonadas. El asesoramiento no podrá provenir de personas relacionadas con el asunto por resolver o interesadas en él.

Ir al inicio de los resultados