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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 36782 >> Fecha 24/05/2011 >> Articulo 149
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Normativa - Decreto Ejecutivo 36782 - Articulo 149
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Artículo 149
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CAPITULO XXXI

Del Seguimiento Satelital para
las embarcaciones atuneras con red de cerco 

Artículo 149.- Se establece la implementación del Sistema de Seguimiento Satelital como requisito obligatorio para el ejercicio de la actividad de pesca por parte de embarcaciones atuneras con red de cerco, en los términos de este Reglamento.

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