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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 36782 >> Fecha 24/05/2011 >> Articulo 153
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Normativa - Decreto Ejecutivo 36782 - Articulo 153
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Artículo 153
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Artículo 153.- El Sistema de Seguimiento Satelital que se instaure garantizará a las autoridades nacionales los datos y la frecuencia necesaria que técnicamente resulte conveniente para determinar con mayor fidelidad las actividades de la embarcación, así como los resguardos necesarios referentes a la integridad y confiabilidad de los datos, por los mecanismos y controles técnicamente avalados.

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