Artículo 19. Se considera fundamental
para el sector pesquero y acuícola la realización de investigaciones
científicas, tecnológicas, didácticas y de fomento, en la plataforma
continental, en el mar territorial, en la zona económica exclusiva, y en las
aguas interiores, para lo cual el INCOPESCA realizará, auspiciará y promoverá
las siguientes actividades, según corresponda:
a. Promover
las políticas públicas relativas a las investigaciones científicas y técnicas
de los recursos pesqueros y acuícolas, de acuerdo con las necesidades
nacionales y regionales.
b. Autorizará
y fiscalizará el cumplimiento del Plan de Actividades de los proyectos de
investigación en materia de recursos hidrobiológicos y su cadena productiva.
c. Evaluará
los impactos de origen terrestre sobre las zonas costeras.
d. Dictará la
política y verificará el cumplimiento de todo lo referente a la conservación,
fomento, captura, repoblación y cultivo de especies acuáticas.
e. Celebrará
los convenios necesarios con instituciones de enseñanza media o superior, con
el propósito de vincular sus programas a las necesidades del desarrollo
pesquero y acuícola.
f. Celebrará
los convenios de cooperación necesarios con instituciones de enseñanza media,
para-universitaria y universitaria, para incrementar la capacidad de
administrar, aprovechar y transformar la flora y fauna acuáticas; para
capacitar a quienes intervengan en la pesca y la acuicultura y para la
experimentación de las artes, equipos y métodos utilizables en el quehacer
pesquero y acuícola.
g. Promoverá,
por medio del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, la celebración de
convenios internacionales, bilaterales y multilaterales en materia de
investigación pesquera y acuícola, para el mejor conocimiento, desarrollo y
aprovechamiento tecnológico de los recursos pesqueros.
h. Procurará el
mejoramiento y aseguramiento de la calidad total y diversificación de la
presentación de los productos pesqueros y acuícolas y su mejor transformación,
conservación y comercialización.
i. Procurará
la celebración de convenios de cooperación con empresas o grupos de empresas
del sector privado, nacionales o extranjeras, en materias que contribuyan al
desarrollo y sostenibilidad de las actividades pesqueras y acuícolas.