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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 36782 >> Fecha 24/05/2011 >> Articulo 59
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Normativa - Decreto Ejecutivo 36782 - Articulo 59
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Artículo 59
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CAPITULO XVI

De la pesca de sardina 

Artículo 59. El INCOPESCA podrá autorizar la pesca de sardina únicamente para ser utilizada como carnada por la flota pesquera nacional o para el consumo humano.

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