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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 36782 >> Fecha 24/05/2011 >> Articulo 91
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Normativa - Decreto Ejecutivo 36782 - Articulo 91
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Artículo 91
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Artículo 91. En el caso de las autorizaciones que se otorguen en los manglares para el desarrollo de las actividades acuícolas, el criterio del Área de Conservación respectiva del SINAC es vinculante para el otorgamiento de dicha autorización.

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