ARTÍCULO 17.- En la asamblea ordinaria se conocerán los siguientes asuntos:
a) El informe de la Junta Directiva.
b) El
nombramiento de la Junta Directiva, cuando corresponda.
c) El
nombramiento del fiscal, cuando corresponda.
d) Las
iniciativas de los miembros activos.
e) El
informe del fiscal.
f) Cualquier
otro asunto de su competencia.
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