- ARTÍCULO
2.- Ejecución del programa
- La ejecución de las actividades del programa se realizará de conformidad
con lo establecido en el punto 4 del anexo único del contrato de préstamo; para
ello, el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (Sinac) estará autorizado
para gestionar la contratación del personal requerido, con el propósito de
garantizar una adecuada ejecución del proyecto.