- Artículo 17.—Las jefaturas del Departamento de Formación Permanente y
Gestión Administrativa serán propuestos por el Director(a) Ejecutivo(a) y
nombrados por el Ministro(a) de Educación Pública, siendo responsables de las
siguientes funciones:
- a) Hacer que se ejecuten de manera óptima las funciones y procesos
asignados al Departamento a su cargo, así como de la gestión adecuada del
recurso humano para que se lleven a cabo los mismos.
- b) Coordinar de manera estrecha con la Dirección ejecutiva para el
logro de su accionar.
- c) Fungir como asesor (a) de la materia para la correcta toma de
decisiones y resolución de posibles problemas que se puedan presentar en el
accionar del Instituto de Desarrollo Profesional Uladislao Gámez Solano.
- d) Proponer y elaborar estrategias de desarrollo e implementación que
permitan el ejercicio adecuado de las funciones del Departamento y del
Instituto.
- e) Realizar las acciones de Planificación Operativa y Presupuestaria
Anual asignadas a su Departamento y al Instituto de Desarrollo Profesional
Uladislao Gámez Solano.
- f) Llevar el control y monitoreo de su accionar.
- g) Determinar las tareas de los miembros del departamento, considerando
el personal adecuado para garantizar el quehacer eficiente del área.
- h) Mantener los registros actualizados de lo que le compete.
- i) Realizar las acciones de representación que se le asignen.
- j) Ejercer cualquier otra tarea asignada por el/la directora (a)
Ejecutivo.