- Artículo 3º—De conformidad con lo establecido en el artículo 5 de su ley
constitutiva, el Instituto de Desarrollo Profesional Uladislao Gámez Solano,
trabajará en las siguientes áreas temáticas:
- a) Investigación: en esta área se desarrollarán iniciativas de
investigación orientadas a la práctica docente, de manera que contribuya a la
reflexión e innovación sobre los perfiles del personal docente en servicio del
Sistema Educativo.
- b) Desarrollo de Planes y Programas: Estará vinculada a la gestión,
planificación y ejecución de las diferentes actividades de desarrollo
profesional, dirigidas al personal docente en servicio del Sistema Educativo.
- c) Seguimiento y Evaluación: establecerá los procedimientos y las
estrategias necesarias para evaluar las actividades de capacitación y darles
seguimiento, así como para determinar el impacto en el desempeño laboral del
personal docente capacitado.
- d) Certificación del personal docente en servicio: garantizará la
implementación de los procedimientos de certificación del personal docente en
servicio docente, docente técnico y docente administrativo del MEP que haya
sido capacitado por el Instituto, de conformidad con lo dispuesto en el
Estatuto del Servicio Civil, en lo relativo a la carrera docente.
- e) Material de apoyo: Esta área se vinculará con la producción y
reproducción de materiales de apoyo para diversas actividades que promuevan el
desarrollo profesional.
- f) Administración de Proyectos: Está área garantizará la planificación
y ejecución de los diferentes proyectos que surjan de las necesidades del IDP y
del Plan Estratégico Institucional, para ello contará con profesionales
interdisciplinarios capaces de generar una respuesta oportuna en el corto y
mediano plazo.