Artículo 25.—Unidad de Control de Residuos de Agroquímicos, funciones:
a) Promover el Manejo
Integrado de las Plagas (MIP), las Buenas Prácticas Agrícolas (BPA) y otras
metodologías para minimizar riesgos de contaminación por sustancias químicas y
afines de uso agrícola.
b) Establecer procedimientos para fiscalizar
plantas o establecimientos destinados a la producción, empaque, almacenamiento,
transporte y puntos de venta de los productos vegetales frescos para consumo
humano.
c) Establecer procedimientos para el control
periódico de los equipos de aplicación de agroquímicos.
d) Desarrollar y adoptar técnicas de muestreo de residuos
de plaguicidas en productos vegetales frescos, suelo donde haya cultivos y agua
superficial de escorrentía, que provenga de áreas cultivadas, lo anterior; en
coordinación con los Departamentos correspondientes.
e) Establecer y adoptar técnicas o procedimientos
para el manejo y disposición final de recipientes y residuos de agroquímicos.
f) Promover y desarrollar programas de capacitación
orientados a la implementación delasbuenas prácticas agrícolas (BPA) y otras
metodologías para minimizar riesgos de contaminación por sustancias químicas y
afines de uso agrícola.
g) Elaborar el Plan Anual de Muestreo y coordinar
con las Unidades Operativas Regionales y el Laboratorio correspondiente, el
muestreo de vegetales frescos, suelo donde haya cultivos y agua superficial de
escorrentía, que provenga de áreas cultivadas; para la detección de residuos de
sustancias químicas y afines.
h) Tomar muestras para el análisis de laboratorio
de residuos.
i) Será el encargado de dictar el acto final en los
procedimientos sumarios o especiales dispuestos en la Ley o Reglamentos en
asuntos de su competencia.
j) Resolver los recursos administrativos en el
ámbito de su competencia.
k) Interponer denuncias ante los tribunales por
infracciones a la Ley en materias de la competencia señalada en este Reglamento
cuando la Ley o reglamentos lo dispongan, en coordinación con la Unidad de
Asuntos Jurídicos.