Artículo 34.—Unidad de Normalización, funciones:
a) Elaborar, recomendar y
coordinar la reglamentación, así como las disposiciones que garanticen la
aplicación de la Ley de Protección Fitosanitaria y los convenios y tratados
internacionales.
b) Apoyar el proceso de divulgación y notificación
de la normativa aprobada a los sectores involucrados y a las instancias
internacionales cuando proceda.
c) Mantener la información actualizada sobre los
proyectos de normas y las normas emitidas por el SFE o que lo vinculen.
d) Coordinar con las instancias técnicas del SFE la armonización
internacional de la normativa de su competencia.
e) Asesorar en el cumplimiento y la aplicación de
las medidas fitosanitarias.
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