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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 36801 >> Fecha 20/09/2011 >> Articulo 48
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Normativa - Decreto Ejecutivo 36801 - Articulo 48
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Artículo 48
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CAPÍTULO XIV

Sustitución de Dependencias

Artículo 48.—Se sustituyen para todos los efectos las funciones asignadas en los reglamentos que se citan de la siguiente forma:

a) De los decretos No. 31146-MAG “Crea Registro de Importadores de Vegetales y Productos de Origen Vegetal” las funciones asignadas al Departamento de Cuarentena Vegetal o Gerencia técnica de Cuarentena Vegetal las asumirá el Departamento de Control Fitosanitario.

b) Las funciones establecidas en el Decreto 29782-MAG “Reglamento de Agricultura Orgánica”, que están asignadas al SFE o la Dirección, a partir de la publicación del presente reglamento serán asumidas por la Unidad de Acreditación y Registro en Agricultura Orgánica del Departamento de Operaciones Regionales.

c)  Las funciones asignadas al SFE en el decreto N° 33103-MAG serán realizadas por el Departamento de Biotecnología.

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