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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 36801 >> Fecha 20/09/2011 >> Articulo 8
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Normativa - Decreto Ejecutivo 36801 - Articulo 8
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Artículo 8
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Artículo 8º—Funciones de la Dirección. Son funciones de la Dirección del SFE:

a) Orientar, dirigir y supervisar el accionar del SFE, en el cumplimiento de las funciones encomendadas por la Legislación Nacional.

b) Asesorar al Despacho Ministerial en lo relacionado con la aplicación de la Legislación Nacional e Internacional competente.

c) Representar al SFE a nivel nacional e internacional en los asuntos de su competencia o al Despacho Ministerial, cuando este así lo designe.

d) Proponer al Poder Ejecutivo la emisión de normas, necesarias para el cumplimiento de los objetivos, facultades y funciones del SFE.

e) Vigilar para que las políticas y directrices emitidas por los niveles superiores del Estado y los compromisos, en el área de su competencia que este adquiera a nivel internacional, se cumplan.

f) Crear comisiones asesoras y/o consultivas necesarias para el cumplimiento de la legislación vigente.

g) Coordinar con las instancias competentes, públicas y privadas, el desarrollo de actividades, proyectos, estudios e investigaciones especializadas en el campo fitosanitario y dar seguimiento a los resultados.

h) Emitir, controlar, dar seguimiento y evaluar las políticas, planes, programas y proyectos del SFE.

i) Gestionar y administrar los recursos financieros para dar cumplimiento a los objetivos de la Ley de Protección Fitosanitaria, Ley Nº 7664.

j) Elaborar con los responsables de departamentos, los proyectos de presupuesto ordinario y extraordinario, así como vigilar su correcta ejecución.

k) Aprobar el reconocimiento de áreas libres o de baja prevalencia, así como de sitios de producción libre de plagas.

l) Suscribir los convenios y proyectos de cooperación interinstitucional e internacional bajo competencia del SFE.

m) Coordinar con las unidades de apoyo de la Dirección, así como supervisar su labor.

n) Acordar la estrategia de comunicación e imagen institucional del SFE, tanto a nivel externo como interno.

o) Apoyar y fomentar la proyección institucional a través de los medios de comunicación colectiva e instituciones con objetivos afines.

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