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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 36801 >> Fecha 20/09/2011 >> Articulo 9
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Normativa - Decreto Ejecutivo 36801 - Articulo 9
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Artículo 9
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SECCIÓN II

Unidades de Apoyo de la Dirección

Artículo 9º—Unidades de Apoyo. Funciones:

1.  Unidad de Planificación, Gestión de la Calidad y Control Interno.

a) Elaborar el plan operativo institucional (POI), plan anual operativo (PAO) y los informes de labores respectivos con la asistencia técnica de los jefes de departamento y unidades, en atención a las disposiciones técnicas emanadas de la Contraloría General de la República y de los Ministerios de Hacienda y Planificación Nacional y Política Económica, para efectos presupuestarios.

b) Preparar la información que en materia fitosanitaria soliciten las autoridades del Ministerio de Agricultura y Ganadería; sector privado y organismos internacionales con respecto a los objetivos, metas y estrategias establecidas para maximizar los recursos empleados y alcanzar los resultados deseados.

c) Promover niveles de coordinación con las diferentes instancias del Ministerio de Agricultura y Ganadería y otros organismos relacionados, con el propósito de favorecer la gestión fitosanitaria y otras áreas de competencia.

d) Participar con el Departamento Administrativo Financiero en la formulación de los presupuestos del SFE.

e) Asesorar a los departamentos y unidades en la formulación, seguimiento y evaluación de planes, programas y proyectos fitosanitarios.

f) Gestionar y asesorar en el marco de su competencia, la formulación de convenios y proyectos de cooperación interinstitucional e internacional bajo los parámetros que dicten los departamentos y la Dirección.

g) Coordinar con el Departamento de Normas y Regulaciones la identificación de fuentes de financiamiento y cooperación externa, según el accionar del SFE.

h) Formular proyectos fitosanitarios dentro del marco de convenios bilaterales, multinacionales y dar el debido seguimiento.

i) Generar información de carácter estratégico para la formulación de políticas públicas relacionadas con el accionar del SFE.

j) Elaborar y establecer un sistema de seguimiento y evaluación del plan estratégico institucional.

k) Recopilar y producir la información estadística y económica del SFE como insumo para la formulación y evaluación de políticas, programas y proyectos prioritarios.

l) Asesorar, implementar y mantener el Sistema de Gestión de la Calidad en el SFE, de conformidad con la normativa nacional e internacional.

m) Formular y someter a consideración de la Dirección el sistema de implementación del modelo de control interno, como lo establece la Ley de Control Interno Nº 8292.

n) Asesorar y orientar a la Dirección, en materia de control interno para el desarrollo de los planes y políticas del SFE.

o) Coordinar, procesar y divulgar la información relativa al desarrollo del sistema de control interno a nivel institucional.

p) Organizar y promover el Sistema de Control Interno del SFE. Así como divulgar la información relativa a directrices, órdenes, acuerdos, disipaciones y recomendaciones que emitan en el ámbito de su competencia, los órganos relacionados con la fiscalización y control de las entidades públicas.

q) Establecer la coordinación con las diferentes instituciones públicas para el cumplimiento de los procesos de rendición de cuentas e informes sobre el accionar del SFE.

2.  Unidad de Contraloría de Servicios.

a) Informar y orientar a los usuarios sobre aspectos de su interés relativos a la organización, funcionamiento y servicios que brinda el SFE.

b) Identificar conflictos en la relación usuarios con el SFE.

c) Desarrollar los procedimientos para atender las denuncias de los usuarios a nivel central y regional.

d) Emitir recomendaciones para elevar la imagen respecto a la prestación de servicios del SFE.

e) Promover que los Departamentos y Unidades apliquen acciones correctivas en los servicios que presentan dificultades.

f) Discriminar entre las diferentes quejas para elevar a la Dirección, aquellas que ameritan su intervención.

g) Impulsar el establecimiento de mecanismos de información y procedimientos accesibles para formular quejas y para controlar las resoluciones y respuestas brindadas al usuario.

h) Propiciar encuestas que permitan consultar en forma regular y sistemática, el punto de vista de los usuarios acerca de los servicios que presta el SFE.

i) Recomendar a la Dirección la adopción de medidas tendientes a lograr un mayor conocimiento sobre la calidad del servicio que presta el SFE a sus usuarios.

j) Servir de enlace y coordinación con otras instituciones, instancias privadas y la sociedad civil, en materia de la calidad, eficiencia y eficacia de los servicios que brinda el SFE.

k) Promover procesos de modernización e implementación de ideas innovadoras, en la prestación de servicios.

3.  Unidad de Asuntos Jurídicos.

a) Estudiar y analizar expedientes de carácter técnico legal.

b) Revisar y avalar anteproyectos de dispositivos legales, directrices y otros documentos, concordándolos con la normativa vigente.

c) Conducir las actividades jurídicas legales del SFE con terceros.

d) Atender consultas y orientar a los funcionarios del SFE en aspectos jurídico legales.

e) Interpretar dispositivos legales de carácter general.

f) Estudiar y emitir opinión legal en proyectos de convenios, contratos y similares.

g) Participar en la elaboración de normativa de carácter técnico legal.

h) Participar en comisiones de coordinación para la solución de problemas y elaboración de políticas.

i) Coordinar con la Procuraduría General de la República las acciones judiciales en que intervenga el SFE en los procedimientos judiciales y administrativos.

j) Efectuar el seguimiento de las acciones judiciales que se tramitan en los juzgados.

k) Organizar programas de capacitación y adiestramiento a los funcionarios en materia legal de competencia del SFE.

l) Rendir los dictámenes jurídicos que le solicite la Dirección del SFE.

m) Realizar las aprobaciones internas, en materia de contratación administrativa.

4.  Unidad de Tecnología de la Información (Unidad Operativa).

a) Planificar, controlar y evaluar las actividades relacionadas con la informática en el SFE. Administrar los recursos de informática y velar por el cumplimiento de las normas y procedimientos de informática.

b) Velar por la correcta aplicación de las normas, disposiciones y reglamentos que regulan o tengan relación con la materia informática.

c) Mantener una visión estratégica para el desarrollo de la función informática del SFE.

d) Organizar, planificar y dirigir las necesidades que en el campo de la informática requiera la institución, mediante proyectos y estrategias organizacionales, para satisfacer las necesidades de usuarios internos y externos.

e) Asesorar a la Dirección en todo lo relacionado con tecnologías de información y velar por el correcto uso que se le brinde a las mismas.

f) Analizar, diseñar, desarrollar, implementar y mantener actualizados los sistemas de información que requiere la institución.

g) Realizar los estudios y dar recomendaciones de los estándares para la adquisición de tecnologías informáticas así como dar seguimiento a los proyectos relacionados con esta área.

h) Asesorar y capacitar a todos los Departamentos y Unidades del SFE en la utilización e implementación de las tecnologías de información.

i) Administrar y monitorear las redes de información del SFE, tanto la red de área local (LAN) como la red de área ancha (WAN).

j) Administrar todo lo relacionado con el servicio de Internet y correo electrónico.

k) Administrar los proyectos relacionados con tecnologías de información que se definan en el SFE.

l) Ejecutar o gestionar toda la labor de soporte técnico y mantenimiento preventivo y correctivo de todos los equipos y servicios relacionados con el área.

m)Coordinar con otras instituciones de gobierno los proyectos de desarrollo e implementación de tecnologías de información.

n) Administrar el motor de base de datos del SFE.

o) Actualizar en coordinación con la Dirección, la página Web del SFE.

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