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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 36810 >> Fecha 24/08/2011 >> Articulo 4
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Normativa - Decreto Ejecutivo 36810 - Articulo 4
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Artículo 4
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Artículo 4º—Los incumplimientos, infracciones, alteraciones u omisiones a las disposiciones del presente Reglamento, serán conocidos a efectos de establecer las correcciones y sanciones administrativas que corresponda según la gravedad de la falta, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 8495 General del Servicio de Salud Animal del 06 de abril del 2006, Ley Nº 5395 General de Salud del 30 de octubre de 1973 y la Ley Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor del 20 diciembre de 1994, según sea el caso. La responsabilidad penal será sancionada conforme a la legislación penal vigente.

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