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 Normativa >> Reglamento municipal 074 >> Fecha 27/09/2011 >> Articulo 20
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Normativa - Reglamento municipal 074 - Articulo 20
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Artículo 20
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Artículo 20.—Sanciones. Las sanciones son las indicadas en la ley contra el Hostigamiento sexual, amonestación escrita, suspensión, perdida de credencial y despido. Las sanciones serán aplicadas, según el principio de proporcionalidad, de forma que correspondan a la gravedad del hecho.

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